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Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) - Gobierno de Chile

Son todas las medidas, gestiones, procedimientos o instrucciones que los organismos administradores deben realizar en relación con la naturaleza y magnitud del riesgo asociado a la actividad productiva de sus trabajadores independientes y entidades empleadoras afiliadas.

Las prestaciones preventivas son todas las medidas gestiones, procedimientos o instrucciones que los organismos administradores (ACHS, MUSEG, IST, ISL) deben realizar dentro del marco legal y reglamentario vigente, en relación con la naturaleza y magnitud del riesgo asociado a la actividad productiva de sus trabajadores independientes y entidades empleadoras afiliadas. Estas prestaciones se deberán implementar con el fin de prevenir la ocurrencia de accidentes del trabajo y enfermedades profesionales, con el concurso de los Departamento de Prevención y de los Comités Paritarios de Higiene y Seguridad.

Los organismos administradores deben realizar actividades permanentes de prevención de riesgos. Dentro de las actividades preventivas que los organismos administradores y los administradores delegados deben realizar, cabe mencionar las siguientes:

  • Asesoría a sus trabajadores independientes y entidades empleadoras afiliadas sobre aspectos legales en materias de seguridad y salud en el trabajo,
  • Asesoría para que la entidad empleadora pueda identificar en cada uno de sus centros de trabajo, aquellas tareas que impliquen alto riesgo para la seguridad y salud de los trabajadores y que puedan ocasionar accidentes del trabajo y/o enfermedades.
  • Otorgar asistencia técnica a las entidades empleadoras, en la búsqueda de mejores sistemas para eliminar las causas de los accidentes y de las enfermedades profesionales y para el funcionamiento de los Comités Paritarios.
  • Prescribir medidas preventivas siempre que constaten condiciones de riesgo para la salud y seguridad de los trabajadores.
  • Realizar actividades de capacitación, asesorar en la vigilancia del medio ambiente de trabajo y realizar la vigilancia de la salud de los trabajadores expuestos a agentes de riesgo, realizando periódicamente exámenes, como una forma de prevenir las enfermedades profesionales.

Protección del trabajador en seguridad y salud en el trabajo

Seguro contra riesgos de accidentes del trabajo y enfermedades profesionales (Ley N° 16.744)

Organismos administradores del seguro contra riesgos de accidentes y enfermedades del trabajo

Prestaciones del seguro contra riesgos de accidentes del trabajo y enfermedades profesionales (Ley N° 16.744)

Circulares SUSESO

Circular 3709

PROTOCOLO DE VIGILANCIA DE RIESGOS PSICOSOCIALES EN EL TRABAJO. MODIFICA EL TÍTULO III. CALIFICACIÓN DE ENFERMEDADES PROFESIONALES DEL LIBRO III. DENUNCIA, CALIFICACIÓN Y EVALUACIÓN DE INCAPACIDADES PERMANENTES Y EL TÍTULO II. RESPONSABILIDADES Y OBLIGACIONES DE LOS ORGANISMOS ADMINISTRADORES Y DE LOS ADMINISTRADORES DELEGADOS, DEL LIBRO IV. PRESTACIONES PREVENTIVAS, AMBOS DEL COMPENDIO DE NORMAS DEL SEGURO SOCIAL DE ACCIDENTES DEL TRABAJO Y ENFERMEDADES PROFESIONALES DE LA LEY N°16.744

Fecha de publicación: 09 de noviembre de 2022

Circular 3636

COMPLEMENTA INSTRUCCIONES SOBRE COMITÉS PARITARIOS DE HIGIENE Y SEGURIDAD DEL SECTOR PÚBLICO MODIFICA EL CAPÍTULO I. COMITÉS PARITARIOS DE HIGIENE Y SEGURIDAD DEL SECTOR PÚBLICO, DE LA LETRA C DEL TÍTULO I. OBLIGACIONES DE LAS ENTIDADES EMPLEADORAS, DEL LIBRO IV. PRESTACIONES PREVENTIVAS, DEL COMPENDIO DE NORMAS DEL SEGURO SOCIAL DE ACCIDENTES DEL TRABAJO Y ENFERMEDADES PROFESIONALES DE LA LEY N°16.744

Fecha de publicación: 30 de noviembre de 2021

Circular 3498

MODIFICA CIRCULAR 3.462, DE 24 DE OCTUBRE DE 2019, QUE INCORPORA LA EVALUACIÓN MÉDICA INICIAL AL SISTEMA NACIONAL DE INFORMACIÓN DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO (SISESAT) Y FIJA LOS PLAZOS PARA LA REMISIÓN DE LA DOCUMENTACIÓN ASOCIADA A LA PRESCRIPCIÓN DE MEDIDAS A LAS ENTIDADES EMPLEADORAS A DICHO SISTEMA

Fecha de publicación: 02 de marzo de 2020

Circular 3456

COMITES PARITARIOS DE HIGIENE Y SEGURIDAD DEL SECTOR PÚBLICO. MODIFICA EL TITULO I. OBLIGACIONES DE LAS ENTIDADES EMPLEADORAS DEL LIBRO IV. PRESTACIONES PREVENTIVAS, DEL COMPENDIO DE NORMAS DEL SEGURO SOCIAL DE ACCIDENTES DEL TRABAJO Y ENFERMEDADES PROFESIONALES DE LA LEY N° 16.744

Fecha de publicación: 22 de octubre de 2019

Dictámenes SUSESO

Dictamen 2604-2022

Fecha de publicación: 30 de junio de 2022

Dictamen 1144-2022

Fecha de publicación: 29 de marzo de 2022

Dictamen 868-2022

Fecha de publicación: 10 de marzo de 2022

Dictamen 867-2022

Fecha de publicación: 08 de marzo de 2022

Dictamen 790-2022

Fecha de publicación: 03 de marzo de 2022

Dictamen 4381-2021

Fecha de publicación: 23 de noviembre de 2021

Dictamen 3656-2021

Fecha de publicación: 30 de septiembre de 2021

Dictamen 2962-2021

Fecha de publicación: 10 de agosto de 2021

Dictamen 2693-2021

Fecha de publicación: 20 de julio de 2021

Dictamen 2668-2021

Fecha de publicación: 15 de julio de 2021

Dictamen 2124-2021

Fecha de publicación: 02 de junio de 2021

Dictamen 1977-2021

Fecha de publicación: 24 de mayo de 2021

Dictamen 1097-2021

Fecha de publicación: 30 de marzo de 2021

Dictamen 130-2021

Fecha de publicación: 27 de enero de 2021

Dictamen 31-2021

Fecha de publicación: 05 de enero de 2021

Dictamen 3163-2020

Fecha de publicación: 13 de octubre de 2020

Dictamen 6157-2019

Fecha de publicación: 26 de septiembre de 2019

Dictamen3043-2019

Fecha de publicación: 09 de abril de 2019

Dictamen 56186-2019

Fecha de publicación: 19 de noviembre de 2018

Leyes

Ley Nº 16.744 de 1968, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, Subsecretaría de Previsión Social

Establece normas sobre Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales. Mediante esta ley se declara obligatorio el Seguro Social contra riesgos de Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales, y se establecen disposiciones para su aplicación.

Fecha de publicación: 01 de febrero de 1968